Si la ONP denegó tu pensión o no reconoció tus aportes, tienes derecho a impugnar esa decisión. Estos son los recursos disponibles.
Cuando la ONP emite una resolución que no te favorece (por ejemplo, deniega tu pensión, no reconoce ciertos aportes o calcula un monto menor al esperado), no estás obligado a aceptarla sin más. La ley te permite impugnarla mediante recursos administrativos, dentro de ciertos plazos.
Se presenta ante la misma instancia que emitió la resolución, pidiendo que la revise. Generalmente debe sustentarse en nueva prueba. Es opcional: puedes optar directamente por la apelación.
Se presenta cuando consideras que la resolución interpretó mal los hechos o el derecho. La revisa una instancia superior dentro de la ONP. El plazo para presentarlo es de 15 días hábiles desde que te notificaron la resolución, según el procedimiento administrativo general.
Si la apelación se resuelve en tu contra, el caso puede llegar al Tribunal Administrativo Previsional, que es la última instancia administrativa. Agotada esa vía, aún queda la opción de acudir al Poder Judicial.
Esta página es informativa y no constituye asesoría legal. Los plazos y procedimientos pueden variar según tu caso. Para tu situación específica, consulta con la ONP al (01) 634-2222 o con un profesional del derecho.